Las deudas del Seguro La Estrella deben calcularse sobre valores actualizados.

Los empleados de comercio tienen derecho a percibir un seguro de retiro una vez que se jubilan, renuncian o son despedidos. Muchos trabajadores ignoran su existencia, en otros casos los empleadores no realizan el aporte.

La compañía de Seguro de Retiro La Estrella, administradora del seguro no intima por los incumplimientos, no publicita su existencia, y la FAECyS signataria del convenio colectivo 130/75 que en 1991 incluyó como una de las obligaciones patronales el pago del seguro, en contadas ocasiones y con sumo hermetismo ha presentado demandas contra algunas empresas morosas, dejando por fuera de estos reclamos a los grandes evasores.

Lo que tampoco se se sabe -hasta ahora- que existe un “Protocolo” cuasi-secreto que establece los mecanismos de implementación del seguro. Allí se estableció que los empleadores realizarán aportes mensuales de un 3,5% del salario liquidado por cada empleado, aunque en 2019 ese 3,5% se redujo a 2.5%.

El Protocolo también menciona que de incurrir el empleador en situación de mora, al momento de regularizar la deuda con el trabajador, se deberá incrementar los valores de los aportes adeudados mediante la aplicación del coeficiente respectivo a la fecha de pago.

El referido coeficiente surge del importe del 0,5% del aporte a FAECYS, multiplicado por 5 (cinco). Siempre en valores actuales aunque se calcule un mes de hace 10 años.

En el caso de los afiliados activos del Sindicato Joven CIS, se adjunta los formularios de los intimaciones que deben cursarse. También pueden solicitar asesoría sobre el tema a la Linea CIS a través de sus delegados/as y organizadores/as sindicales.

MODELO DE TELEGRAMA PARA EFECTUAR EL RECLAMO

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COBRARÁN MENOS. FAECyS REDUJO EL APORTE PATRONAL AL SEGURO LA ESTRELLA.