CÓRDOBA. 22/11/24. Los repositores de los productos Arcor en la Provincia de Córdoba llevaban más de dos décadas siendo la cara visible de la marca en los supermercados de Córdoba través de la agencia de empleo Solvens SRL que hace una semana les comunicó la desvinculación alegando que ARCOR SAIC “de forma unilateral, intempestiva, imprevisible, arbitraria y sin causa rescindió el servicio de reposición en toda la provincia de Córdoba.» Y que tal rescisión configuraba «una irresistible fuerza mayor ocasionando falta de trabajo». Poniendo la liquidación final en los términos Art. 247 LCT a disposición. El artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 -que habilita el pago del 50% de la indemnización- tiene previsto un procedimiento previo para su aplicación en el caso de existir una crisis real, dos elementos que no existieron en este caso. Estos despidos masivos se dan en una empresa que según su información financiera no atraviesa ninguna crisis y se encuentra indagando en nuevos mercados internacionales para ampliar su cartera de clientes.
Sin embargo la reforma laboral que entró en vigencia a mediados de este año introduce “condiciones más favorables” para los monopolios y grupos dominantes en la economía argentina. Entre ellos el de poder contratar con cero riesgos ante incumplimientos contractuales de registración e indemnizatorios y extender de 90 a 365 el período de prueba. No responsabilizarse por sus trabajadores tercerizados. Derechos que -lo formal- gozaban los repositores externos de Arcor en Cordoba que no aplicarán a quienes vayan a reemplazarlos.
En el caso que surja descontento en el nuevo personal y estos resuelvan realizar reclamos o medidas de fuerza pueden ser despedidos sin que les asista el derecho a la reparación frente a la discriminación.
Es decir un activista sindical que reclama por sus derechos sin el apoyo del sindicato de convenio colectivo, no tiene derecho a ser reincorporado según la reforma laboral. Este punto sin duda que representa un beneficio para la burocracia sindical lo que explica la “inexplicable” pasividad de la CGT cuyo estribillo en sus discursos es “diálogo” “gobernabilidad” “no es el momento” “no lo vamos a permitir” dicho sobre el hecho consumado, todo con el desafinado coro de ambas CTA’s.
Los repositores externos han sido desde siempre un grupo explotado por fuera de sus obligaciones contractuales con la complicidad de los sindicatos que los encuadran siendo el mayoritario de ellos el de comercio agrupados los 300 que existen en el país en la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS).
El estado de vulnerabilidad de se profundizó con la introducción sin regulación de nuevas tecnologías en los supermercados, las cajas autoservicio, al venta por internet los supermercados ha reducido drásticamente sus planteles, eliminando áreas y cargos que en el caso de los jefes de sector esas tareas han sido absorbidas por los trabajadores internos dentro de convenio recibiendo a cambio un handy y a veces alguna camisa con el cuello almidonado, pero la tarea de reposición, descarga de camiones y mantenimiento del depósito, todo eso es obligación de los repositores externos.
Desde el guardia de la seguridad que le exige la documentación para permitirle el ingreso al establecimientos, los distintos jefes y gerentes internos, sumados a los supervisores de la marca que repone y la agencia de empleo por el cual lo subcontrata la marca más allá de los plazos legales permitidos, todos ellos son sus patrones.
En este terreno donde el movimiento sindical se refugia en unidades estériles las patronales como Arcor sienten que no tienen obligaciones. Sin embargo no solo tiene obligaciones de acuerdo a la legislación laboral argentina aún con la mutilación sin precedentes de parte del gobierno de Javier Milei, también están alcanzados por normativas internacionales que rigen en los mercados adonde se exportan sus productos y con los cuales se ha comprometido por el respeto de los derechos laborales de los trabajadores que intervienen en la fabricación y venta de sus productos directa e indirectamente así como quienes proveen insumos y servicios a sus proveedores lo que se define como la “Debida Diligencia”.
En el mismo sentido para las Normas ISO en el capítulo del Respeto por el Factor Humano donde básicamente se dice que una empresa no puede lucir la cocarda de calidad si esos estándares se logran sin respetar los derechos humanos a un salario justo en condiciones de salubridad y con libertad sindical para poder discutirlos.
La “Guia de Derechos Humanos para Empresas” de Naciones Unidas que establece los deberes y responsabilidades de las empresas y los Estados en relación con los derechos humanos, así como la RSE frente a los accionistas y consumidores y la comunidad toda.
Arcor hace gala de una filantropía cuyos valores que la movilizan no resisten análisis cuando se enfrentan a los derechos de sus trabajadores en toda la cadena de suministro con la colaboración de los sindicalistas que usurpan las sedes de los sindicatos formales a los que Arcor sí protege cuando necesitan defenderse de los trabajadores.

